LA CONDESA DE BERBEDEL Y EL CENSO (1773)

LA CONDESA DE BERBEDEL Y EL CENSO

J. PAYÁ NICOLAU, CRONISTA OFICIAL DE LA VILAJOIOSA

La Sala Capitular o Ayuntamiento de Villajoyosa recibió el 27 de julio de 1773 a un grupo de vileros entre los cuales, y además de diferentes cargos concejiles, estaban un labrador y el alguacil José Fita y Cases, todos ellos ante el notario Miguel Lorca. El motivo era el quitamiento (o supresión) de un censo. El escribano anotó que estuvieron “presentes la mayor parte de los Señores Capitulares [y] Dn. Pedro Aragones Requiridor (…), Procurador nombrado por los Señores Dª. Maria Theresa Ximenes de Urrea Condesa de Berbedel Viuda del señor Dn. Vicente Monserrat y Palfoc (quizá Palafox), Crespí de Valdaura Lugar theniente General que fue de la Orden de Nuestra Señora de Montesa, de Dn. fernando Monserrat Ximenes de Urrea Cavallero profeso de la Sagrada Religión de San Juan de Jerusalem Vecinos de la Ciudad de Valencia Según Escritª. de Poder que autorizo Pedro Millera, y Sesé (…) su fecha en trese de Julio corrte. Año, que de haverla visto y ser bastante, el presente escribano −declaraba− Da fe. Y en virtud de estos Poderes; Otorga que ha recibido realmente y conefecto, dela Junta de propios y arbitrios, y pormano, y Dinero de Ignacio Urios Depositario de los sobrantes publicos dela misma Villa la suma y quantia de quinientas sesenta, y tres Libras un sueldo, e nueve [dineros] moneda Provincial, enveynte, y ocho Doblones de a ocho [ilegible] y la restante Cantidad de plata, y algun menudillo (calderilla) de que igualmente da fe el infrascrito escribano por lo que en dthº. Nombre otorga Real Carta de pago de [dicha cantidad], como tambien de cuarenta libras que condonaron sus principales dela parte de atrasos que se les estan deviendo por razon de este censo haviendo Quitamiento en forma…”, etc.

En este punto se sigue indicando que el quitamiento era parcial, “quedando unicamente vivo el citado Censo en sietecientas ochenta y seis Libras diez y ocho sueldos y tres [dineros], el que dimanaba del que se cargó Jayme Linares Legitimo Sindico deesta Villa, y su Comun de Vecinos, según Poderes ante Jayme Lloret en primero de Dbre. Mil seiscientos y treinta, y licencia del Bayle General en tres de henero mil seiscientos treinta, y uno que ascendia â mil, y quinientas Libras, â favor de Dn. francº. Calatayud, quien le constituyô, â dthª. Maria su hija quando casô con Usias (¿Ausiàs?) Crespí de Valdaura y por herencia recayô en Dn. Vicente Monserrat, y Palafoc, quien en su testamento ante Antonio Peris en veinte de Marzo demil setecientos cincuenta y uno, nombrô por sus herederos a sus hijos Dn. Fernando y Dn. francº. Monserrat Ximenes de Urrea (…) y en tutora y curadora a su Madre Dª. Theresa Ximenes de Urrea Condesa de Berbedel, quien tambien se halla interesada, y en dthº. Nombre quiere que el citado Censo, no valga ni tenga fuerza ni la citada escrtª. de Cargmtº. De mil, y quinientas Libras sí unicamente en las setecientas ochenta, y seis Libras diez y ocho sueldos y tres que restan a quitar por quedar enteramente sus principales, satisfechos, y pagados de la referida Cantidad, y en dthº. Nombre se obliga a que serâ valida esta escrtª. para lo qual obliga las rentas y efectos de sus principales [bienes] havidos y por haver”, etc. Así se otorgó en la Sala de Villajoyosa, “siendo presentes por testigos el Dr. Dn. Isidro Lloret Abogado de los Reales Concejos [,] Francisco Lorca de oficio Labrador” y el alguacil al principio nombrado, el único de los aludidos que es citado con sus dos apellidos o cognombres.

 

NOTA: Ni con cierta posesión de estudios especiales somos capaces algunos de averiguar qué diablos se cocía detrás del vocabulario y giros “técnicos” empleados en aquel tipo de escrituras notariales, a no ser que a los testigos, a veces agricultores, gente del mar o arrieros y artesanos se les diera una “versión” comprensible de lo que se estaba tratando, extremo que también hoy en día requiere una simplificación o “descenso” a un lenguaje comprensible de quien quiere averiguar los términos de ese tipo de documentos…

Fuente: https://lavilacronistaoficial.wordpress.com